martes, 8 de abril de 2008

Unidad III



La función pública: Se refiere a la suma de recursos humanos concretos puestos al servicio de una o del conjunto de las organizaciones público-administrativas.
La administración privada: Concierne a las actividades de los particulares y en todos sus ordenes y es, por tanto, también muy amplia. La industria es, la ilustración más evidente de la administración privada, pero también la encontramos altamente desarrollada en los organismos eclesiásticos, los colegios y las instituciones privadas de beneficencia. entre ellos exiten diferencias de las cuales tenemos


  • Un administrador debe consultar constantemente los códigos y reglamentos que indican la forma de proceder.

  • El administrador privado, también consulta códigos y reglamentos para proceder pero con distinto fin para encontrar la forma de hacer lo que se propone sin ser sancionado. en ventaja con respecto al privado.

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